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Chapter 1 Page 1 Quinientos cincuenta y siete
n. ciento ochenta [sello Año 1862]
Venta y cesión de varias obras dramáticas por la cantidad
de seis mil otorgada por el Excmo. Sr. D. Manuel Bretón de
los Herreros a favor de D. Vicente de Lalama
Mayo 6 de 1862.
En la villa de Madrid á seis de mayo
de mil ochocientos sesenta y dos, ante mí el
escribano de S.M. y testigos que se expresarán, a
pareció el Excmo. Señor D. Manuel Bretón
de los Herreros, vecino de esta Corte, mayor
de edad y Dijo: Que como dueño y propie-
tario que es de las obras dramáticas, titu-
ladas “á la vejez viruelas” original en tres
actos; "Los dos sobrinos ó la Escuela de los
Parientes", original en cinco actos; "A Madrid
me vuelvo", original en tres actos; "Lujo
ó indigencia" original cinco actos; "La
llave falsa ó los dos hijos" original en
tres actos; "Las tres novias ó el Caballero
á la moda" traducción en unico acto;
"El Ingenuo" traducción un acto; "El
seductor confundido", traducción en único
acto; "la Astucia contra la fuerza"
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ó los tres Presos", traducción cinco actos; "El
Confidente" traducción un acto; "La madre
política ó la Patria y la morena"; traducción
dos actos; "La fe de bautismo", traducción
un acto; "¿Se sabe quien gobierna?" Tradu-
cción dos actos; "Carolina ó el talento
a prueba", traducción un acto; "Un Agente
de Policía ó el espía sin saberlo"; tra-
ducción dos actos; "Valeria ó la ciegui-
ta de Olbruk", traducción tres actos; "El
sitio del Campanario ó los viajeros atolon-
drados", traducción tres actos; "El Amante
singular ó el legado", traducción un acto;
"Un casamiento por convicción", traducción
dos actos; "El suplicio en el delito ó los
espectros", traducción cinco actos; "El Desertor
y el Diablo", traducción tres actos; "La
falsa ilustración", original tres actos;
"Achaques á los vicios", original tres actos;
"Querer mandar en casa", traducción
un acto; "El Médico del difunto",
traducción un acto; "El Regañón
enamorado", traducción tres actos;
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"El Poetastro ó la boba fingida", traducción
tres actos; "Por la novia y por la dote", tra-
duccion tres actos; "El Albañil", traducción
dos actos; "La hermanita ó una lección
indiscreta", traducción un acto; y "La nieve",
traducción cuatro actos, representadas todas
en los teatros de la Cruz y del Príncipe
de esta Corte, y queriendo en el día
ceder la propiedad de las mismas; por
tanto de su libre y espontanea voluntad
y en la mejor forma de derecho Otorga:
Que vende, cede y transfiere perpetua-
mente á favor de D. Vicente de la
Lama, vecino de esta Corte, Editor de
la Biblioteca Dramática que en esta
Capital se publica, todos cuantos dere-
chos le confiere y conferidle pueda la
ley de propiedad literaria, y en su
virtud el D. Vicente de la Lama y sus
sucesores y representantes puedan re-
clamar, percibir y cobrar los derechos
de representación en todos los teatros
Chapter 1 Page 4 X excepto los de Madrid
del Reyno y Ultramar, X y donde en lo
sucesivo lo permitan los tratados inter-
nacionales, hacer cuantas ediciones le con-
vengan de dichas obras, perseguir las
clandestinas que se hubieran hecho o se
hagan sin su permiso, así como el derecho
de cobrar cuantas cantidades hubiesen de-
vengado las mismas has la fecha por
derechos de representación, siempre que las
personas que lo verificaron no estuvie
sen autorizadas para hacerlo, mediante
la que el Excmo. Señor otorgante declara
y asegura no haber cedido este derecho á
persona alguna, facultando como fa-
culta al empresario Señor de la Lama
para que pueda ceder y traspasar á
quien le convenga los derechos que
adquiere por virtud de este instrumento
á cuyo fin le dá y confiere todo su
poder, no pudiendo refundir ni corregir
estas obras sin permiso del Editor
pero si publicarlas en colección cuan-
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[sello Año 1862]
do le convenga. Y declara que el precio de
la presente venta y cesión es el de la cantidad
de seis mil reales vellón, que cree justo y
suficiente, los mismos que recibe del Don Vicente
de la Lama en moneda metálica á mi pre-
sencia y la de los testigos el señor otorgante
de que doy fe, y como satisfecho S.C. á su
voluntad de dicho una formalizá á favor
del D. Vicente la más firme y eficaz carta de
pago que á su seguridad conducta, renunciando
como renuncia los cuatro años que confieren
las leyes para poder pedir la rescisión del
contrato ó suplemento á su justo valor que
dá por pasados como si efectivamente lo
estuviesen mediante á que la expresada cadu-
cidad es el justo precio de las obras que le
van cedidas: y si más valen ó valer puedan en
cualquier tiempo del exceso en poca ó mucha
suma hace en favor del adquirente gracia
y cesión perfecta e irrevocable que el derecho
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llama intervivos, obligándose á no reclamar
ni pedir cosa alguna contra este contrato
bajo ningún precepto, á cuyo fin se obliga
con su persona y bienes presentes y futuros
y renuncia cuantas leyes, fueros y derechos
puedan serle propicios y lo general en
forma. Y hallándose presente el D. Vicente
de la Lama, enterado Dijo: Que acepta esta
Escritura en todo y por todo, y en
los mismos términos que se halla conce
bida. En cuyo testimonio así lo otorgaron
y firmaron a quienes doy fe como
siendo testigos, Don Cayetano Gola,
Don Jose Márquez y Don Dionisio
García, vecinos de esta Corte=entrelineas,
excepto en Madrid=vale=
Manuel Bretón
de los Herreros
Vicente de la Lama
Anselmo
Manuel Hortiz
Transcription by: Consuelo Linares